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QUÉDATE EN CASA O PAGARÁS MULTA Y HASTA PRISIÓN

El artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que el incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente lo comete la persona que desobedezca órdenes, prohibiciones específicas o legalmente debidas, dirigidas a ella por autoridad competente en el marco de sus facultades legales. Quien cometa este delito se enfrentará a sanciones con una pena privativa de libertad que van de uno a tres años.

Otra de las medidas es el toque de queda vigente desde las 20:00 hasta las 05:00; por lo que el gobernador estuvo en Durán verificando su cumplimiento.

“Este es uno de los 32 puntos desplegados en toda la Provincia con Fuerzas Armadas, Comisión de Tránsito del Ecuador y Policía Nacional, persona que se esté movilizando en vehículos particulares tiene una sanción de $120 de #multa y menos 6 puntos en la #licencia” sostuvo Chonillo.